La ITE deben realizarla todos los edificios residenciales de más de 50 años y aquellos otros catalogados, con independencia de su uso.

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Beneficiate de las ayudas de la Diputación Foral de Bizkaia y realiza la I.T.E. de tu edificio.

MKR Soluciones se compromete a la inspección del 100% de la edificación, incluyendo el 100% de las viviendas en que se ha detectado la existencia de patologías, el 100% los espacios bajo-cubierta y 100 % los locales en contacto con el terreno.

Cumpliendo ampliamente los requisitos del DECRETO 117/2018 y garantizando una ITE de calidad

1.- ¿QUÉ ES LA ITE?

La Inspección Técnica de Edificios, o ITE, es un instrumento puesto en marcha por los Ayuntamientos para evitar las consecuencias de insalubridad, inseguridad o abandono que puede provocar en las edificaciones la falta de una conservación adecuada de las mismas.

2.- ¿CUANDO SE TIENE QUE HACER LA ITE?

Este instrumento obliga a los propietarios de un inmueble a someter al mismo a inspecciones periódicas. En el caso de Madrid capital, la primera inspección se pasa a los 30 años de antigüedad del edificio, y las siguientes se pasan cada 10 años desde el primer requerimiento de inspección, es decir, cuando el edificio cumple 40, 50, 60,…. Años. En otras comunidades, Castilla y León, por ejemplo, es a partir de los 40 años de antigüedad cuando esta inspección se hace obligatoria.

En Euskadi es obligatorio a partir de los 50 años

 3.- ¿QUÉ SE REVISA EN UNA ITE?

La ITE tiene como objetivo revisar cinco apartados básicos:

1. Seguridad, estabilidad y consolidación estructurales, de tal forma que no se produzcan en el edificio o partes del mismo daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

2. Seguridad y estabilidad en sus elementos constructivos cuyo deficiente estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas, tales como chimeneas, barandillas, falsos techos, cornisas, aplacados y elementos ornamentales o de acabado, en particular si pueden caer en la vía pública.

3. Estanqueidad frente al agua, evitando filtraciones a través de la fachada, cubierta o del terreno, en particular si éstas afectan a la habitabilidad o uso de edificio o puedan ser causa de falta de seguridad descrita en los dos primeros apartados.

4. Estanqueidad y buen funcionamiento de las redes generales de fontanería y saneamiento, de forma que no se produzcan fugas que afecten a la habitabilidad o uso del edificio o puedan ser causa de falta de seguridad escrita en los dos primeros apartados.

5. Elementos de Accesibilidad del Edificio (ascensores, escaleras, barandillas, zonas comunes, etc…)

6. Eficiencia Energética, valoración de la demanda de consumo del edificio y generación de CO2

Otros aspectos a revisar, como pudieran ser las instalaciones eléctricas o de gas, solo se inspeccionan en determinados municipios que así lo exigen.

De esta forma se pretende que los edificios mantengan sus adecuadas características de seguridad, salubridad y ornato público.

4.- ¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LA ITE?

La ITE la llevan a cabo profesionales técnicos colegiados. En el caso de edificios residenciales, arquitectos y arquitectos técnicos.

Si usted necesita pasar la ITE, lo que debe hacer es contactar con uno de estos profesionales, siendo aconsejable que sean profesionales libres, es decir, que ejerzan la profesión de forma autónoma, sin estar vinculados a ninguna empresa constructora concreta. De este modo, se evitarán conflictos de intereses y se asegurará una inspección objetiva e imparcial.

5.- ¿ES OBLIGATORIO PASAR LA ITE?

SI, pasar la ITE es obligatorio, y no hacerlo supone recibir sanciones por parte del Ayuntamiento, pudiendo llegar a darse el caso de que sea el propio Ayuntamiento el que realice la ITE de forma subsidiario y con cargo al Propietario del edificio.

Ademas es obligatoria a la hora de pedir subvenciones para las obras de Accesibilidad Universal o de reparación de fachadas.

6.- ¿CUANTO CUESTA HACER LA ITE?

El coste de la ITE no está regulado, y cada profesional puede ofrecer sus honorarios de forma libre y consensuada con la propiedad.

Si desea que le elaboremos un presupuesto de nuestros honorarios, no dude en contactar con nosotras.