El 31 de julio de 2019 se ha publicado el nuevo DECRETO 112/2019, de 16 de julio, de registro de empresas y actividades turísticas de Euskadi, el decreto tiene por objeto ofrecer una regulación completa del registro de empresas y actividades turísticas de Euskadi (REATE), que se adecué al contenido de la vigente Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo.

Como siempre, os dejo el texto integro y mas abajo los puntos mas importantes del nuevo decreto que regulara el REATE

DECRETO 112-2019 16 de julio REATE

1.- Queda derogado el Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula el registro de empresas y establecimientos turísticos del País Vasco, así como cuantas disposiciones se opongan a lo dispuesto en la presente norma.

2.- Las inscripciones practicadas en el registro previsto por el Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula el registro de empresas y establecimientos turísticos del País Vasco, mantendrán plena efectividad y vigencia, aunque deberán ser adaptadas a la estructura y composición del registro establecidas en el presente Decreto.

3.- El REATE es publico, y e puede consultar información sobre las empresas y actividades turísticas.

4.- El REATE se tramitara telematicamente. Aquí os dejo el enlace donde están todas las gestiones que se pueden realizar en el REATE

5.- El registro tendrá una estructura por Libros, Secciones y  Epígrafes, siendo las viviendas turísticas el Libro 1 Sección 2 Epígrafe 1, y las viviendas particulares cedidas por habitaciones Libro 1 Sección 2 Epígrafe 2

6.- En el REATE se inscribirán las resoluciones firmes que impongan sanciones de carácter principal y accesorio, por la comisión de infracciones graves y muy graves en materia de turismo.

7.- Las inscripciones de las empresas y actividades turísticas se cancelarán de oficio tras la resolución administrativa firme que acuerde el cese definitivo de la actividad o clausura de los establecimientos y locales en los que se desarrolle, por incumplimiento del régimen legal de la misma o por inactividad.

Por lo que , básicamente, a los que vuestra  vivienda turística integra o por habitaciones ya este inscrita en el REATE, os influye en que se os podrá solicitar información adicional que en su día no se os pidió

Y a los que os vayáis  a inscribir vuestra vivienda turística integra o por habitaciones en el REATE, solo podréis hacerlo telematicamente.

Desde MKR Soluciones te ayudamos con el tramite telemático de registro en el REATE de vuestra vivienda turística integra o por habitaciones, mas información aqui