Muchas comunidades de vecinos descartan la posibilidad de instalar el ascensor en su comunidad porque con los ajustes razonables económicos es imposible financiar la obra de instalación del ascensor.

Si bien es cierto que tal y como ya he recogido en anteriores posts, el ajuste razonable económico limita a una anualidad de gastos corrientes de la comunidad de vecinos el importe que la comunidad de vecinos puede destinar a las obras de instalación del ascensor.

¿Pero por cuantos años? Si la comunidad de vecinos consigue una financiación a varios años, cuyas cuotas mensuales no superen el importe de la cuota mensual de gastos corrientes, entonces ¿se puede realizar la instalación del ascensor?.

A este respecto, el Ministerio de Fomento ha emitido una nota informativa que aclara este punto

Destacando el punto 2, donde se especifica que SI se puede financiar la obra a varios años, siempre que en esos años se mantenga el limite de las doce mensualidades de gastos de comunidad para el pago de las obras.

2° Hasta la reforma introducida por la LRRR, el límite económico para entender que una obra de accesibilidad era obligatoria estaba en las doce mensualidades de gastos de comunidad (descontando las subvenciones), lo que hacia inviable, en la práctica, la realización efectiva de los ajustes razonables, ya que las obras superaban habitualmente tal presupuesto.

Con la reforma introducida por le Ley 8/2013, se flexibiliza y amplia el limite económico de los ajustes razonables, ya que las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes no se refieren exclusivamente a una anualidad, sino a tantas anualidades como permita la financiación ajena de las obras, mediante los créditos o el pago aplazado que pueda llegar a obtener la Comunidad de Propietarios.

Lo habitual es que este tipo de obras se financien en varios años y, en la práctica, no sólo las entidades financieras conceden créditos con este objetivo, sino que las propias empresas instaladoras ofrecen un fraccionamiento del gasto en varios años, o incluso financiación especifica al efecto.

Por tanto un rotundo SI a la financiación de la instalación del ascensor siempre que el pago de la financiación no supere el importe de la mensualidad de gastos de la comunidad.

Aquí os dejo casos reales de financiación de empresas que instalan ascensores en comunidades de vecinos:

presupuesto instalacion ascensor 3presupuesto instalacion ascensor 4

Aquí os dejo casos reales de financiación de empresas que instalan ascensores en comunidades de vecinos:

presupuesto instalacion ascensor 2presupuesto instalacion ascensor 1